Es un instrumento de planeación y se implementa en cada uno de los inmuebles correspondientes, con el fin de establecer las acciones preventivas y de auxilio, así como de proteger a las instalaciones, bienes e información vital, ante la ocurrencia de una calamidad.
En el Artículo 40 de la Ley General de Protección Civil indica:
Los inmuebles e instalaciones fijas y móviles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social.
Dicho programa deberá ser elaborado, actualizado, operado y vigilado por la Unidad Interna de Protección Civil, la que podrá ser asesorada por una persona física o moral que cuente con el registro actualizado correspondiente, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 11 de esta Ley.
En Masiproci podemos ayudarte a la elaboración de tu Programa de Protección Civil, contamos con acreditación de Protección Civil, en diversos Estados.
Aenean lacinia bibendum nulla sed consectetur. Maecenas sed diam eget risus varius blandit sit amet non magna.
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Nullam quis risus eget urna mollis ornare vel eu leo. Donec ullamcorper nulla non metus auctor fringilla.Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.u00a0Maecenas faucibus mollis interdum. Crasu00a0
Nicolás Romero, Estado de México